Administración de Fincas
Una normativa cambiante y cada vez más compleja hace de la figura del administrador de fincas una pieza clave en nuestra vida.
Administradores de Fincas Colegiados
La administración de fincas es una profesión regulada, y para su ejercicio es necesario acreditar una titulación previa y la inscripción en el colegio profesional. El Colegio de Administradores de Fincas garantiza que los profesionales Administradores de Fincas-Expertos Inmobiliarios están debidamente FORMADOS e INFORMADOS, sometidos a una ética profesional regulada por el Reglamento de DEFENSA Y DISCIPLINA COLEGIAL y avalados por las GARANTíAS ECONÓMICAS de fianza y responsabilidad civil, que aseguran a la sociedad y al ciudadano su confianza.
Trabajamos para que los propietarios de los inmuebles que gestionamos se sientan libres de preocupaciones sobre la gestión y conservación de su comunidad.
Nuestras obligaciones profesionales
- Recibir, organizar y archivar las facturas de cobros y pagos de la comunidad.
- Contabilizar y pagar las facturas.
- Controlar los pagos y cobros de la comunidad y vecinos en general, de modo que se logre tener una contabilidad clara y con liquidez.
- Gestionar y acordar las mejores formas y términos de pago con los proveedores de la comunidad.
- Controlar los clientes morosos y hacer las intervenciones necesarias con la finalidad de que estén al día los pagos de todos los propietarios.
- Gestionar y controlar los avisos, incidencias, partes y siniestros; tanto con los seguros que tenga contratado la comunidad como con los proveedores externos que se contraten.
- Elaboración y entrega de certificados a propietarios.
- Elaborar el Plan de Ingresos y Gastos de la comunidad.
- Confeccionar Informes Económicos de gastos e ingresos según periodo establecido previamente y anual.
- Proponer medidas de ahorro y mejoras a la comunidad.
- Velar porque se cumpla la legislación en materia urbanística y arquitectónica correspondiente, por ejemplo la realización de las Inspecciones Técnicas de Edificios.
- Convocar juntas ordinarias y extraordinarias, así como elaborar las actas correspondientes y transcribirlas al Libro de Actas.
- Dar seguimiento a los acuerdos adoptados por la comunidad.
- Asesorar a la comunidad de propietarios en relación a las leyes, decretos y legislaciones establecidas.
- Gestionar, asesorar y facilitar presupuestos para obras y reformas.
- Gestionar ayudas y subvenciones para las obras y reformas de la comunidad de propietarios.
- Ofrecer soluciones para reducir los gastos de la comunidad de vecinos.
- Mediar en los conflictos entre vecinos y propietarios según lo establecido legalmente.
- Archivar y custodiar la documentación de la comunidad relativa a un periodo de alrededor de 5 años naturales.
- Realizar los cambios que se acuerden de la documentación de la comunidad, tales como los estatutos.
- Intervención según su competencia en las reclamaciones y sentencias en general que puedan afectar a la propiedad inmobiliaria que comprende la comunidad de propietarios.